Marco legal

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Marco legal

En España, la figura de Reserva de la Biosfera está recogida en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad como Áreas protegidas por instrumentos internacionales, lo que eleva el compromiso de carácter voluntario, adquirido en el contexto del Programa MaB, a obligación legal. La Ley especifica los Objetivos de la Red Española de Reservas de la Biosfera del modo siguiente:

A continuación, la Ley recoge, en su artículo 67: Las Reservas de Biosfera, para su integración y mantenimiento como tales, deberán respetar las directrices y normas aplicables de la UNESCO y contar, como mínimo, con:

  1. Una o varias zonas núcleo de la Reserva que sean espacios naturales protegidos, con los objetivos básicos de preservar la diversidad biológica y los ecosistemas, que cuenten con el adecuado planeamiento de ordenación, uso y gestión que potencie básicamente dichos objetivos.
  2. Una o varias zonas de protección de las zonas núcleo, que permitan la integración de la conservación básica de la zona núcleo con el desarrollo ambientalmente sostenible en la zona de protección a través del correspondiente planeamiento de ordenación, uso y gestión, específico o integrado en el planeamiento de las respectivas zonas núcleo.
  3. Una o varias zonas de transición entre la Reserva y el resto del espacio, que permitan incentivar el desarrollo socioeconómico para la mejora del bienestar de la población, aprovechando los potenciales y recursos específicos de la Reserva de forma sostenible, respetando los objetivos de la misma y del Programa Persona y Biosfera.

Reserva Biosfera Ordesa Viñamala

Centro de Visitantes del
Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido

Avda. Ordesa s/n
22376 Torla (Huesca)

Tel: 974 243 361
680 632 800